COMITÉ DE ARBITRAJE MUSULMAN-CAM-
A: Carta Abierta a Asociacion Cultural Islamica Alcazaba
Salam Aleikum;
Respondemos desde Comité de Arbitraje a vuestra carta, remitida al Centro Islámico de Albacete, formulando una primera objeción, la citada carta no viene suscrita por nadie, lo cual no nos permite conocer la autoría, y si la misma procede de la citada Asociacion Alcazaba, por lo que las consideraciones que a continuación vamos a efectuar, serán siempre desde la presunción de autenticidad.
Se esta difundiendo en los ultimas tiempos la cultura del todo vale., empezando por vuestra carta, en la que se aparece como asociación cultural, y no como comunidad musulmana, unico ente valido, por el momento, en el actual estado de nuestra legislación para intervenir con representatividad en los órganos representativos de los musulmanes.
Se hace referencia a los Acuerdos del 92, desde esa alusión estereotipada, de que fueron un paso decisivo. Bueno, eso ya lo sabemos y no es nuevo.
Se formulan críticas al actual estado de representacion a nivel nacional pero sin propuestas, que entendamos, sean de fondo. El derecho a la critica, va insito en la libertad de expresión, y como lo tal lo valoramos, pero no olvidemos que siempre que existe una critica debe haber paralelamente un proyecto alternativo superador de lo anterior. Lo que desde vuestra carta, y me dirijo en plural, habida cuenta que desconocemos su autoría, no se desprende la existencia de ningún programa de trabajo. La técnica de alcanzar ciertos niveles de representacion por la vía rupturista tal como se esta patrocinando desde ciertos niveles de asociacionismo, nos parece simplemente un error y un fracaso que deslegitima a sus promotores. La propuesta de crear consejos a todos los niveles, no nos parece que sea una propuesta de alcance.
Continuando con este hilo argumental, os participamos lo siguiente. Los proyectos de ajuste a los cambios sociales, es indiscutible que deben hacerse en primer término desde el plano de la legalidad existente, y cual es esta, pues sencillamente partamos de las instituciones representativas y la normativa que las regula. Actualmente, las instituciones representativas, mal que les pese a algunos iconoclastas, es la CIE, regulada por la Ley 26/10992 de 10 de Noviembre. Para plantear cualquier cambio, lo primero que se debe hacer es tener muy claro que es lo que se debe hacer, y hasta ahora por parte de nadie hemos asistido a un proyecto, ya no solo de recambio alternativo, sino que meramente recoja el paso evolutivo de nuestra sociedad a lo largo de estos dieciocho años de vigencia de los acuerdos. Nos da la triste impresión, que detrás de muchas de las criticas que se vierten hay una dosis de golpismo iconoclasta tan lamentable como desacertado y nefasto para el futuro de los musulmanes en nuestro país.
No debemos olvidar que no somos un estado, es decir un a organización política territorial que alcanzara su soberanía y necesitara dotarse de una constitución que es lo que parece barruntarse detrás de algunas de las propuestas que circulan en estos momentos. Hay quienes piensan que alcanzando la cima de las instituciones de representacion a través de la técnica del todo vale, van a alcanzar legitimidad de representación y actuación. Desde aquí les auguramos un ´´ van listos´´. La representacion no es la suma numérica, sino la suma de adhesiones y voluntades, Que representacion y legitimidad se puede ostentar desde la imposición en base a un determinado número de seguidores, sino hay un verdadero proyecto detrás. Cuando decía antes que no podemos confundir nivel organizativos en cuanto a reconocimiento institucional con poder político. Aquí esta la verdadera diferencia. Se equivocan aquellos que identifican nivel de representacion con poder de intervención política, y lamentablemente entendemos que esto es lo que puede ocurrir si continuamos por esta senda. Cuando hablamos de nivel organizativo desde las propuestas de que realiza el Comité de Arbitraje en su Agenda 21, hablamos de un modelo con un contenido filosófico de alcance. En términos generales, y para no descender a los niveles de las sesiones de trabajo, estamos trabajando sobre la definición dentro del concepto de laicidad, neutralidad y cooperación el nivel de alcance y desarrollo de estos principios que configuran el derecho eclesiástico del estado en cuanto hace referencia al colectivo de los musulmanes. Nosotros no pretendemos otro modelo de sociedad, con un estado dentro de otros estado, que es lo que algunos con visión que no vamos a calificar pretenden.
Por ultimo, hacer referencia a otro concepto que también circula en los últimos tiempos, el concepto de Islam español, y al que se hace referencia en vuestra carta. Desde nuestro proyecto, os decimos, que no creemos más confusión, ya no solo entre los musulmanes, que a algunos les puede sonar a una innovación contraria a los principios, sino en el conjunto de la sociedad. Si pretendemos adaptar el Islam, a principios que le son exógenos, habremos reconocido la inferioridad del Islam como tal, frente a otras filosofías sociales. En el Islam lo importante es el mumin, ya que el termino Islam, se cita pocas veces en el texto Coránico. Pues bien lo importante es la persona, el mumin y desde aquí deben ir orientados todos los trabajos y esfuerzos
Salam
COMITÉ DE ARBITRAJE MUSULMAN –CAM-
C.A.M. Comité Arbitraje y Reflexión Ínter Comunidades y organizaciones musulmanas del Estado, Mediador en aquellas diferencias que puedan surgir entre las diferentes orientaciones, sensibilidades y discrepancias entre los musulmanes y sus organizaciones de base y de representación. Dicho Comité recogerá los principios de consulta recíproca y composición que prescribe la metodología de resolución de conflictos en el Islam.
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lunes, 13 de diciembre de 2010
martes, 30 de noviembre de 2010
Agenda 21
Comunicado a: Medios de Comunicación
Resumen de las conclusiones de la reunión del Comité de Arbitraje Musulmán y Buenas Practicas-CAM- en sesión de trabajo del dia 27 de Noviembre en Albacete.
1.- Todos los asistentes han mostrado una profundísima preocupación por la resolución en el seno de Naciones Unidas, acerca del contendido de la Resolución por la que se condenan posturas antisemitas y criistianofobas, no incluyendo referencia alguna a la islamofobia. Por los ponentes del Grupo de trabajo del Comité de Arbitraje, se acordó elaborar una propuesta en virtud de la cual, bajo el concepto social y juridico del antisemitismo, se haga también extensiva a cualquier actitud o simbología islamofoba. Ello en base al común origen Abrahanico de ambas religiones.
2.-Se ha visto como muy positivo la propuesta de creación de un registro profesional de Imames o ministros de culto musulmán.
3.- Ante la proliferación de pequeños centros de culto, y en relación al nivel de exigencias municipales, en cuanto a licencias y otras autorizaciones de apertura y funcionamiento, Se elaborara una propuesta de normativa especifica en cuanto a las exigencias que deben observar los centros de culto abiertos al publico.
3.-En cuanto a capitulo de la fiscalidad se propuso solicitar la exención total en la tributación por IVA de aquellas actividades que en la actualidad se encuentran sujetas a IVA.
4.- Se acordó solicitar el desarrollo y efectividad de los recursos económicos recaudados en la declaración de renta de las personas físicas
5.- Acordar reconocer amplia legitimación al Comité de Arbitraje en la mediación de las cuestiones sociales que afecten a los musulmanes.
6.- Formular propuestas alternativas en cuanto criterio de ayudas de la Fundación Pluralismo y Convivencia.
7.- Elaborar un protocolo de colaboración entre el Comité de Arbitraje y el Instituto de Formación de la Cultura Islamica de Castilla la Mancha al objeto de dar desarrollo al curso de capacitación de dirigentes de mezquitas.
Las anteriores conclusiones serán remitidas, según el espíritu con que nace este programa y calendario de trabajo, denominado Agenda 21, a las instituciones, y grupos políticos con representación parlamentaria al objeto de trasladarles y hacerles participes de determinados posicionamientos sobre la problemática vivida por los musulmanes en España.
Albacete, 27 de Noviembre del 2010.
Comité de Arbitraje Musulmán.
viernes, 19 de noviembre de 2010
COMITE DE DEFENSA DEL ISLAM
A medios de comunicación:
El pasado día 13 de Noviembre, y en el seno del Comité de Arbitraje Musulmán y Buenas Prácticas – CAM, se constituyo la organización denominada COMITÉ DE DEFENSA DEL ISLAM, recogiendo el compromiso adquirido en la agenda de trabajo del Comité de Arbitraje.
Surge la iniciativa, ante la necesidad de crear un instrumento de intervención en materia de garantías y tutela de los derechos fundamentales de libertad religiosa y de conciencia.
Como instrumentó específico, afirma su naturaleza privada e independiente de cualesquiera organizaciones ya sean públicas o privadas. Pretende estar, en primer término al servicio del garantismo constitucional en esta materia, y en segundo lugar como un referente más de progreso y libertad al disponer de un mecanismo estable de participación ciudadana en la defensa de los derechos y libertades, coadyuvando al mantenimiento de la paz social.
Como fines específicos el Comité de Defensa, nace con una clara y determinada vocación de servicio colaborando con los poderes públicos y demás organizaciones privadas , cuando sea requerido el Comité, proponiendo y elevando a los mismos las iniciativas y aspiraciones que tengan interés social en este ámbito especifico del derecho a la libertad religiosa y de conciencia.
Albacete 13 de Noviembre del 2010.
Comité Directivo.
comite.defisalm@gmail.com
El pasado día 13 de Noviembre, y en el seno del Comité de Arbitraje Musulmán y Buenas Prácticas – CAM, se constituyo la organización denominada COMITÉ DE DEFENSA DEL ISLAM, recogiendo el compromiso adquirido en la agenda de trabajo del Comité de Arbitraje.
Surge la iniciativa, ante la necesidad de crear un instrumento de intervención en materia de garantías y tutela de los derechos fundamentales de libertad religiosa y de conciencia.
Como instrumentó específico, afirma su naturaleza privada e independiente de cualesquiera organizaciones ya sean públicas o privadas. Pretende estar, en primer término al servicio del garantismo constitucional en esta materia, y en segundo lugar como un referente más de progreso y libertad al disponer de un mecanismo estable de participación ciudadana en la defensa de los derechos y libertades, coadyuvando al mantenimiento de la paz social.
Como fines específicos el Comité de Defensa, nace con una clara y determinada vocación de servicio colaborando con los poderes públicos y demás organizaciones privadas , cuando sea requerido el Comité, proponiendo y elevando a los mismos las iniciativas y aspiraciones que tengan interés social en este ámbito especifico del derecho a la libertad religiosa y de conciencia.
Albacete 13 de Noviembre del 2010.
Comité Directivo.
comite.defisalm@gmail.com