jueves, 7 de julio de 2011

Comunicado de Prensa: El Barrio de Escritores de Guadalajara


Parece que un cierto periodismo se ha atribuido el dudoso privilegio de ser árbitro social, atizador de prejuicios islamofobos, y avanzado vigía de occidente. Con preocupación y estupor leíamos en la prensa de cómo una pretendida manifestación atizada por espurias filtraciones, de no sabemos quien o quienes periodistas nacionales, se habían atribuido el rancio y sospechoso alarmismo que la comunidad islamica que probablemente acudiría a esa mezquita, la que se pretende instalar y fuente de las discordias, no son de los mas amistosos.

La opinión que merece a este Comité de Arbitraje que si por algo se define, es precisamente por la antidemagogia de sus planteamientos, y por poner en valor los instrumentos sociológicos en pro de la convivencia, y de hacer de los valores de la democracia y la igualdad referencias irrenunciables. Decimos que cuando contemplamos espectáculos tan bochornosos como el protagonizado por un grupo de vecinos, alentados por cierta prensa de carril como decía en la predemocracia, causa estupor y preocupación, y hasta surge la pregunta, ¿es que acaso no avanzamos? En nuestro sistema, solo aquellas conductas que contravienen los valores y bienes jurídicos que protege la legislación penal, cuando se infringen, actúan los mecanismos de sanción, y esto es un deber ciudadano el denunciarlo. Pero el otro control social, el que parece ejercer algún pretendido instigador del miedo debe ser también puesto en cuestion por quienes ejercen responsabilidades sociales. No es legítimo tirar la piedra y esconder la mano, No es justo sembrar la discordia y la desconfianza y la marginación en el legítimo ejercicio de los derechos y libertades sociales. La instalación de mezquitas o lugares de culto, es un derecho constitucional, les guste o no a los acólitos del miedo, ante el ejercicio del derecho a la libertad ideológica religiosa y de culto. Y les decimos algo más, este espacio de libertad lo disfrutan no solo los musulmanes, sino todos aquellos que profesan una creencia, sea esta del signo que sea, como aquellos otros que no profesan nada , en ejercicio de su libertad, encuentran, en nuestro sistema de libertades, igual amparo. Pero es más, aunque esto les sorprenda, la exposición de motivos de la Ley 26/1992 de 10 de Noviembre define a la religión islamica como de tradición secular en nuestro país con relevante importancia en la formación de la identidad española, aunque esta afirmación a mas de uno le preocupe su plasmación en un texto legal, con valor interpretativo como es la exposición de motivos de una ley.

La alusión a la prohibición de la instalación de mezquitas, o centro, de culto musulmán, por parte de algunos ayuntamientos, entendemos que no pasa de ser una anécdota, sin trascendencia alguna, como fue el caso de Lleida donde la propia alcaldesa inmediatamte corrigió este planteamiento inicial. Se refería a un determinado enclave, aportando soluciones que satisficiesen los intereses en presencia, y asi como otros ejemplos que por lo aislado no merece la pena citar en este espacio.

Nuestra sociedad democrática no es el fruto de un grupo de vecinos desinformados, y con el ánimo soliviantado por lo que un mensajero al servicio del miedo haya podido sugerir, o insuflar. Nuestra sociedad avanzada, se nutre de la suma de personas, que creen en la democracia, en la convivencia pacifica y en los valores de la persona, su dignidad, eje de todo el sistema juridico y de convivencia social. Por lo que en consecuencia los ciudadanos tienen derecho, como proyección de su personalidad al libre establecimiento de aquellos instrumentos que enriquezcan el libre desarrollo de su dignidad, como es el profesar un determinado credo, y en lugares adecuados

Comité de Arbitraje Musulmán –CAM-

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